martes, 28 de agosto de 2007

La justicia confirmó que la suspensión del Plan de Manejo Costero, alcanza a las concesiones otorgadas en 2006

El Mensajero de la Costa 28/8/07
Villa Gesell: En una nueva resolución el juzgado en lo contencioso administrativo 1 de la plata, ratificó que la suspensión del plan de manejo del frente costero, también alcanza a las concesiones otorgadas en 2006
La aclaración del juez Federico Arias, fechada el 22 de agosto, no sólo contradice las afirmaciones del Ejecutivo geselino respecto a que la medida judicial afectaba a un solo balneario, también reflota los interrogantes sobre el futuro de las concesiones otorgadas en 2006, y ratifica la paralización de todo el proceso licitatorio de junio último.

(Gesell. Agos.27 por jose ruiz) Una nueva resolución del Juzgado Contencioso Administrativo 1 de La Plata, confirmó que se encuentran suspendidos “todos los trámites y plazos en el procedimiento licitatorio incluyendo, las adjudicaciones otorgadas con anterioridad al dictado de la medida cautelar”.

La aclaración del juez Federico Arias, fechada el 22 de agosto, no sólo contradice las afirmaciones del Ejecutivo geselino respecto a que la medida judicial afectaba a un solo balneario, también reflota los interrogantes sobre el futuro de las concesiones otorgadas en 2006, y ratifica la paralización de todo el proceso licitatorio de junio último.

La medida incluye todo lo referente a obras, por lo que algunos concesionarios podrían sufrir sanciones si se comprueba que no acataron la medida judicial.

La aclaración de Arias es en parte respuesta a una consulta de la administración municipal, que había asegurado que el fallo judicial no afectaba el plan de manejo costero.

El texto de la resolución señala: “Dejar debidamente aclarado que la medida cautelar ordenada a fs. 102/106, mediante la cual se suspenden todos los procedimientos licitatorios iniciados en virtud de la Ordenanza Municipal Nº 2050, comprende la suspensión de todos los trámites y plazos en el procedimiento licitatorio incluyendo, las adjudicaciones otorgadas con anterioridad al dictado de la medida cautelar, el dictado de nuevos actos administrativos y de trámite, la realización de notificaciones y las presentaciones por parte de los oferentes”.

En sus considerandos, el texto de la última resolución en la causa 12567, revela que la Comuna había solicitado esta aclaración, junto con interesados en las licitaciones de playa.

“…La Municipalidad de Villa Gesell solicita aclaratoria respecto de si la suspensión de los procedimientos licitatorios incluye también a aquellos casos en los cuales se ha procedido a la adjudicación de las unidades turísticas fiscales con anterioridad al dictado de la medida cautelar”

El texto también invoca jurisprudencia, que explica los motivos por los que la suspensión de la ordenanza 2050 también alcanza a las concesiones otorgadas en 2006

“Que, sin perjuicio de que el procedimiento licitatorio culmina con el dictado del acto administrativo que dispone la adjudicación (ello, siempre y cuando no se hayan realizado impugnaciones a la misma), en el caso de autos el objeto de la contienda no se vincula exclusivamente con cuestionamientos formales al procedimiento licitatorio, sino que se refiere principalmente a las implicancias negativas para el medio ambiente que puede generar el "plan de manejo integrado del Frente Costero de Villa Gesell" establecido por la Ordenanza Municipal Nº 2050.
La incidencia que en el caso tiene el interés público ambiental, y la aplicación de los principios que rigen la materia, vgr. principios de prevención y precaución (ver Cafferatta, Néstor A.: “El principio de prevención en el derecho ambiental”, Revista de Derecho Ambiental, Nº 0, Noviembre de 2004, Ed. Lexis Nexis, págs. 9 y siguientes), hacen necesario extender los efectos suspensivos del procedimiento licitatorio a los actos mediante los cuales se ha procedido a adjudicar Unidades Turísticas Fiscales con anterioridad al dictado de la medida cautelar ordenada en autos, por cuanto los mismos han sido dictados en el marco del "plan de manejo integrado del Frente Costero de Villa Gesell", cuya viabilidad ambiental se encuentra cuestionada en autos (art. 32 de la ley 25.675)”.

La aclaración de Arias vuelve a exponer el severo conflicto que enfrenta la administración del intendente Héctor Baldo, que aguarda el dictamen de la Secretaría de Política Ambiental de la Provincia, entidad que en 45 días deberá emitir un informe sobre la validez o no del estudio de impacto ambiental realizado en 2006 –en un plazo de 72 horas– por un geólogo que no estaba habilitado en los términos de la ley 11723 de Protección y Conservación de los Recursos Nacionales de la Provincia.

En el medio, sectores oficiales tratan de minimizar las consecuencias a partir de los contactos que mantuvieron el intendente Héctor Baldo y la titular de Política Ambiental, Silvia Suarez Arocena, durante las Jornadas Técnicas de la Red Costera Marina, que se desarrollaron en la ciudad de Miramar.
Sin embargo, hasta el momento nadie pude adelantar un dato comprobable sobre la evaluación que realiza la Secretaría.

domingo, 19 de agosto de 2007

Convocatoria

Estimados socios y vecinos:
El día Lunes 20 a las 11.00 hs, en la Plaza de las Américas (frente a Disco), Av.3 y paseo 112, se realiza una convocatoria vecinal por la seguridad.
La idea es elevar un petitorio al Sr. Ministro del Interior, al Sr. Gobernador, y al Sr. Intendente Municipal, en reclamo por la seguridad.
Convocan los vecinos, sin partidos políticos. Según nos informaron el apoyo recibido es el del Foro de Seguridad.
Transmitimos a uds. ésta información para quien quiera participar y/o difundirla.
Atte.
Comisión SOFO

lunes, 13 de agosto de 2007

Tras la suspensión del plan de manejo costero ¿Qué pasará con las concesiones de playa?

EL MENSAJERO DE LA COSTA (13/8/07)
Varias son las hipótesis abiertas, que incluye desde la nulidad de la ordenanza, pedida en la demanda, hasta la necesidad de realizar un nuevo estudio de impacto ambiental. La resolución del Juzgado en lo Contencioso Administrativo 1 de La Plata, confirmó que el estudio de impacto ambiental presentado por la Comuna no fue hecho por una profesional habilitado en los términos de la ley. La Municipalidad ya apeló la medida.
(Gesell, Agos.12 por jose ruiz) Tras conocerse el dictamen de seis páginas del juez en lo Contencioso Administrativo de La Plata, suspendiendo los alcances de la ordenanza 2050 –Plan de Manejo Costero– y el proceso de licitaciones.
Y dando intervención a la Secretaría de Política Ambiental para que se expida sobre el estudio de impacto ambiental que dio sustento a la suspendida ordenanza.
Varias son las hipótesis abiertas, que incluye desde la nulidad de la ordenanza, hasta la necesidad de realizar un nuevo estudio de impacto ambiental
En primer lugar el fallo de Arias confirmó que el ingeniero Federico Isla no estaba habilitado en los términos de la ley 11723, para firmar el estudio de impacto ambiental que dio sustento a la ordenanza.
“…a la circunstancia de que el evaluador que realizó dicho estudio de impacto ambiental no se encuentre inscripto en el Registro de Profesionales de la Secretaría de Política Ambiental (hecho que había sido considerado insuficiente para entender que no se cumplía con el art. 24 de la ley 11.723), se le agrega la acreditación en autos - a través de la nueva documentación aportada por la actora a fs. 90/91- de la inexistencia de un Registro municipal de evaluadores ambientales.
Ello evidencia un proceder irregular por parte del municipio demandado, que encargó la realización del estudio de impacto ambiental a un profesional que no se encontraba inscripto en registro municipal o provincial alguno, tal como lo exige el art. 24 de la ley 11.723.” (cita la resolución de Arias)
Un dato para remarcar es que desde la Secretaría de Política Ambiental se pidió un plazo no menor a 30 días para evaluar el estudio que Isla. Que lo realizó en 72 horas, y por el que se habría pagado una suma estimada en 15.000 pesos.
Al mismo tiempo, pese a los reconocimientos que se afirma recibió el Plan de Manejo Costero, los organismos provinciales que fueron convocados por esta demanda – subsecretaría de Control y Regulación Ambiental ; subsecretaría de Desarrollo Sustentable de Política Ambiental; subdirección de Coordinación Técnica Turística de la Secretaría de Turismo–, reconocieron que “… no hubo una acción mediante acto administrativo pero si hubo encuentros… que hubo cambios de opiniones pero formalmente no se concretó ningún acto, cambian los edificios pero siguen esquemas de concesiones comunes”
Con un plazo de 45 días, la Secretaría de Política Ambiental deberá expedirse sobre el estudio de impacto ambiental preparado por el geólogo Federico Isla. No se espera que el dictamen de la Secretaría sea definitivo, algo que ya casi adelantaron.
A esto se suma el estudio realizado por la cátedra de Geología de la UBA, que se conocerá en los próximos meses bajo el formato de un libro digital.
Pero que ya adelantó la existencia de una zona de riesgo extremo, donde hoy se cumulan casi la mitad de las concesione de playa, habilitadas por la suspendida ordenanza.
Si bien el fondo de la demanda es la suspensión de la ordenanza 2050 y por extensión de todo el proceso de licitaciones. Nadie apuesta por que la playa mantenga su actual statu quo.
En este cuadro de situación se especula con la posibilidad de un nuevo estudio de impacto ambiental –el primero no sería válido por incumplimiento de la ley 11723–, que podría modificar las características y número de concesiones de playa.
Situación que abriría la puerta a las demandas legales, que tendrían como principal responsable a la Comuna, funcionarios del Ejecutivo y del Deliberante.
Algo que ya había advertido en marzo, un informe del Tribunal de Cuentas de la Provincia.
La respuesta de la Comuna, por el momento, fue la figura de “cosa juzgada”.
Un argumento ya adelantado por el intendente Héctor Baldo, al conocer el viernes las suspensión del plan de manejo costero impuesta por el Justicia.
Sin embargo, consultores legales descreen que el argumento sea aceptado por el juez Federico Arias.
Sostienen que la figura de “cosa juzgada” no de adapta a los fallos medioambientales, según la misma ley de Protección, conservación, mejoramiento y restauración de los recursos naturales de la Provincia (11723)
Que igual posición existe en la Suprema Corte, además de que esta demanda no se ajustaría al principio de “triple identidad” –mismos sujetos, objeto y causa del proceso–, para cumplir con la figura de “causa juzgada”.
Para algunos conocedores del entorno íntimo de la administración Baldo no sólo existe verdadera preocupación por las consecuencias del amparo judicial.
Sino también por la situación interna que generó la renuncia del Dr. Atilio Roncoroni, como asesor legal de la Comuna.
Las mismas fuentes señalaron una reunión del circulo intimo del intendente Baldo –en el inicio del fin de semana; a la que no asistió el secretario de Turismo de la Comuna, Jorge Ziampris–, donde se analizó la estrategia a seguir.
Un dato llamativo de esta reunión es que la misma habría contado con la participación de un ex asesor legal municipal –que recientemente rechazó el cargo vacante–, y donde no se pudo confirmar la presencia del nuevo asesor legal de la Comuna. Dr. Víctor Funes.


Resolución del juez Luis Federico Arias.
Juzgado en lo Contencioso Administrativo 1 de La Plata.
1. Ordenar a la Secretaría de Política Ambiental de la Provincia a que en el plazo de Cuarenta y cinco (45) días contados a partir de la notificación de la presente, se expida respecto de la viabilidad ambiental del plan de manejo integrado del Frente Costero de Villa Gesel", implementado por la Ordenanza Municipal Nº 2050 y sobre el estudio de impacto ambiental realizado por el Ingeniero Federico Isla en el expediente administrativo Nº 1137-S de la Municipalidad de Villa Gesell, a cuyo fin líbrese oficio a la Secretaría de Política Ambiental.
2. Ordenar con carácter cautelar, la suspensión: a) de los efectos del acto declarativo de impacto ambiental dictado en el expediente administrativo Nº 1137-S de la Municipalidad de Villa Gesell; b) de los efectos de la Ordenanza Nº 2050 de dicho municipio y c) de todos los procedimientos licitatorios iniciados como consecuencia de la citada Ordenanza; ello hasta tanto se cumpla con lo ordenado en el punto anterior y el infrascripto se expida nuevamente sobre esta cuestión, y bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 163 de la Constitución Provincial.
A cuyo fin, previa caución en la forma establecida en el Considerando 7.5. de la presente, líbrese oficio a la Municipalidad de Villa Gesell. Regístrese. Notifíquese por cédula a la Municipalidad de Villa Gesell y a la Fiscalía de Estado con habilitación de días y horas (arts. 135 y 153 del CPCC).-

EL JUEZ ARIAS HIZO LUGAR AL AMPARO CONTRA EL PLAN DE PLAYA

EL FUNDADOR 11-AGO-07 (INTERNET)
El diario “Hoy” de La Plata publicó una nota informando que el Juzgado en lo Contencioso Administrativo Nº 1 de La Plata hizo lugar al amparo presentado por el concesionario del balneario “Pleno Sol”, en base a la no inscripción del geólogo Federico Isla en los listados habilitantes.
El texto publicado en la edición digital del diario de la capital provincial dice lo siguiente: “Mediante un fallo del juez en lo Contencioso Administrativo N° 1 , Luis Federico Arias, se ordenó la intervención de la Secretaría de Política Ambiental para determinar la viabilidad ambiental del plan de manejo integrado del Frente Costero de Villa Gesell, implementado para solucionar el problema de la erosión costera y la contaminación de las playas.
En consecuencia se suspendió el proceso de las licitaciones de los balnearios, que ya estaba en marcha.
Al respecto el juez Arias, dio a lugar una medida cautelar presentada por parte de un particular que advertía la improcedencia del plan de informe de Impacto Ambiental que había sido presentado por el ingeniero Federico Isla.
En base a ese informe el municipio procedió a la erradicación de los balnearios de hormigón para reemplazarlos por construcciones de material natural. De esta manera se dejó caer los contratos con los concesionarios de playa y se llamó a una licitación.
En los considerandos de la resolución judicial Arias manifestó que entiende que en esta circunstancia "resulta procedente ordenar a la Secretaría de Política Ambiental de la Provincia que se expida respecto de la viabilidad ambiental del plan de manejo integrado del Frente Costero de Villa Gesell".
Asimismo ordenó la suspensión de los procesos licitatorios "hasta tanto se expida dicha Secretaría" ya que los estudios aportados por Islas no serán tomados en cuenta por no "estar inscripto en el Registro de Profesionales de la Secretaría de Política Ambiental".
"Ello evidencia un proceder irregular por parte del municipio demandado, que encargó la realización del estudio de impacto ambiental a un profesional que no se encontraba inscripto en registro municipal o provincial alguno, tal como lo exige el art. 24 de la ley 11.723", indicó.

La justicia suspendió el plan de manejo costero y las licitaciones de playa

EL MENSAJERO DE LA COSTA 11-Ago-07 (internet)
Villa Gesell: El dictamen del juez Federico Escobar, califica como “proceder irregular del municipio”, la contratación del geólogo Federico Isla, para realizar el estudio de impacto ambiental que dio soporte técnico a la ordenanza 2050.
La justicia suspendió el plan de manejo costero y las licitaciones de playa
La Justicia suspendió la ordenanza del plan de manejo costero y el proceso de licitaciones de playa. También ordenó a la Secretaría de Política Ambiental que se expida sobre el estudio de impacto ambiental que dio sustento a la ordenanza. Que, se confirmó, fue hecho por un profesional que no se encontraba habilitado.
(Gesell. Agos.10 por josé ruiz) El juzgado 1 en lo contencioso administrativo de La Plata, suspendió el proceso de licitaciones de concesiones de playa, haciendo lugar al amparo ambiental iniciado por uno de los concesionarios de playa que se vio afectado por el proceso de nuevas licitaciones iniciado en 2006.
La justicia también ordenó la intervención de la Secretaría de Política Ambiental, para que en un plazo de 45 días, se expida sobre la viabilidad del plan de manejo costero sancionado por la comuna en 2006.
El dictamen del juez Federico Escobar, califica como “proceder irregular del municipio”, la contratación del geólogo Federico Isla, para realizar el estudio de impacto ambiental que dio soporte técnico a la ordenanza 2050, sobre manejo del frente costero. Que abrió el proceso de licitación a más de 50 nuevas concesiones de playa en 2006.
Como ya había quedado expuesto en otra presentación judicial, el geólogo Isla no se encontraba inscripto en un registro provincial o municipal como lo exige la ley provincial 11.723, de “Protección, conservación, mejoramiento y restauración de los recursos naturales”.
"Ello evidencia un proceder irregular por parte del municipio demandado, que encargó la realización del estudio de impacto ambiental a un profesional que no se encontraba inscripto en registro municipal o provincial alguno, tal como lo exige el art. 24 de la ley 11.723". Cita un fragmento de la resolución judicial.
El estudio contratado por la Comuna, a un costo estimado de 15.000 pesos, que sólo demoró 72 horas para estudiar todo el proceso de impacto ambiental en las playas geselinas, podría derivar en otras acciones judiciales contra funcionarios de la Comuna.
La medida judicial también ordena "a la Secretaría de Política Ambiental de la Provincia que se expida respecto de la viabilidad ambiental del plan de manejo integrado del Frente Costero”, en un plazo de 45 días.
Pese a las declaraciones de funcionarios municipales sobre los reconocimientos del plan de manejo costero –cuyo proceso licitatorio ya fue objetado por el Tribunal de Cuentas de la Provincia–, las últimas medias judiciales, como la audiencia del pasado 19 de julio, confirmaron que ningún organismo provincial conocía a fondo el estudio de Isla o el plan de manejo costero.
LAS CONSECUENCIAS
En primera instancia, la medida judicial suspende el proceso licitatorio iniciado en junio último, que recientemente pre-adjudicó 15 de las últimas 19 concesiones de playa.
Que ya produjeron una fractura en la administración Baldo, con la renuncia del asesor legal –Dr. Atilio Roncoroni– tras desconocerse el Ejecutivo el dictamen realizado para la adjudicación de los últimas concesiones. Lo que amplió las sospechas de tráfico de influencia.
La suspensión del proceso licitatorio continuó comprometiendo a la administración del intendente Héctor Baldo, que ayer realizó declaraciones antes de ser notificado del fallo.
Pese a las declaraciones del jefe de gobierno, la posibilidad de nuevas acciones legales habían quedado abiertas por el fallo del juez Antonio Escobar –en los Contencioso Administrativo de Dolores– en 2006, tras el amparo ambiental que paralizó las primeras concesiones de playa.
La sentencia de Escobar señalaba que “todo lo atinente al Plan de Manejo Integral del Frente Costero, no se agota con la sentencia dictada en el amparo, pues ante la complejidad del caso que desborda lo que puede discutirse en esta vía, quedan eventualmente abiertas las posibilidades de reclamos, denuncias y peticiones en sede administrativa y/o judiciales según corresponda”.
Pero la suspensión de las licitaciones de las últimas concesiones de playa podría ser sólo el inicio de un proceso que afecte a toda la ordenanza 2050 y las concesiones otorgadas desde el 2006.
El planteo de fondo pide la nulidad de la ordenanza, que de concretarse, implicaría la nulidad de todo el proceso licitatorio.
El tema no es nuevo, ya había sido advertido por otras causas por el Tribunal de Cuentas de la Provincia, que señaló a principio de año una violación al principio de “igualdad de condiciones y posibilidades”.
Que también responsabilizó al intendente Héctor Baldo y al presidente del Concejo Deliberante, Carlos Casado, por las posibles demandas.

miércoles, 8 de agosto de 2007

Cartas Documento

Por lo que sabemos no se han recibido respuestas a las Cartas Documento oportunamente enviadas.
En virtud de ello no habria vencimiento de plazo para iniciar alguna accion legal por parte de los vecinos.
Como dato -no vinculado- informamos que ha renunciado el Asesor Legal de Municipio.
Recomendamos la lectura via Internet de los medios de comunicacion de Villa Gesell. Tenemos las direcciones de El Fundador (www.elfundadoronline.com) y de El Mensajero de la Costa (www.diario-elmensajero.com.ar)