martes, 28 de agosto de 2007

La justicia confirmó que la suspensión del Plan de Manejo Costero, alcanza a las concesiones otorgadas en 2006

El Mensajero de la Costa 28/8/07
Villa Gesell: En una nueva resolución el juzgado en lo contencioso administrativo 1 de la plata, ratificó que la suspensión del plan de manejo del frente costero, también alcanza a las concesiones otorgadas en 2006
La aclaración del juez Federico Arias, fechada el 22 de agosto, no sólo contradice las afirmaciones del Ejecutivo geselino respecto a que la medida judicial afectaba a un solo balneario, también reflota los interrogantes sobre el futuro de las concesiones otorgadas en 2006, y ratifica la paralización de todo el proceso licitatorio de junio último.

(Gesell. Agos.27 por jose ruiz) Una nueva resolución del Juzgado Contencioso Administrativo 1 de La Plata, confirmó que se encuentran suspendidos “todos los trámites y plazos en el procedimiento licitatorio incluyendo, las adjudicaciones otorgadas con anterioridad al dictado de la medida cautelar”.

La aclaración del juez Federico Arias, fechada el 22 de agosto, no sólo contradice las afirmaciones del Ejecutivo geselino respecto a que la medida judicial afectaba a un solo balneario, también reflota los interrogantes sobre el futuro de las concesiones otorgadas en 2006, y ratifica la paralización de todo el proceso licitatorio de junio último.

La medida incluye todo lo referente a obras, por lo que algunos concesionarios podrían sufrir sanciones si se comprueba que no acataron la medida judicial.

La aclaración de Arias es en parte respuesta a una consulta de la administración municipal, que había asegurado que el fallo judicial no afectaba el plan de manejo costero.

El texto de la resolución señala: “Dejar debidamente aclarado que la medida cautelar ordenada a fs. 102/106, mediante la cual se suspenden todos los procedimientos licitatorios iniciados en virtud de la Ordenanza Municipal Nº 2050, comprende la suspensión de todos los trámites y plazos en el procedimiento licitatorio incluyendo, las adjudicaciones otorgadas con anterioridad al dictado de la medida cautelar, el dictado de nuevos actos administrativos y de trámite, la realización de notificaciones y las presentaciones por parte de los oferentes”.

En sus considerandos, el texto de la última resolución en la causa 12567, revela que la Comuna había solicitado esta aclaración, junto con interesados en las licitaciones de playa.

“…La Municipalidad de Villa Gesell solicita aclaratoria respecto de si la suspensión de los procedimientos licitatorios incluye también a aquellos casos en los cuales se ha procedido a la adjudicación de las unidades turísticas fiscales con anterioridad al dictado de la medida cautelar”

El texto también invoca jurisprudencia, que explica los motivos por los que la suspensión de la ordenanza 2050 también alcanza a las concesiones otorgadas en 2006

“Que, sin perjuicio de que el procedimiento licitatorio culmina con el dictado del acto administrativo que dispone la adjudicación (ello, siempre y cuando no se hayan realizado impugnaciones a la misma), en el caso de autos el objeto de la contienda no se vincula exclusivamente con cuestionamientos formales al procedimiento licitatorio, sino que se refiere principalmente a las implicancias negativas para el medio ambiente que puede generar el "plan de manejo integrado del Frente Costero de Villa Gesell" establecido por la Ordenanza Municipal Nº 2050.
La incidencia que en el caso tiene el interés público ambiental, y la aplicación de los principios que rigen la materia, vgr. principios de prevención y precaución (ver Cafferatta, Néstor A.: “El principio de prevención en el derecho ambiental”, Revista de Derecho Ambiental, Nº 0, Noviembre de 2004, Ed. Lexis Nexis, págs. 9 y siguientes), hacen necesario extender los efectos suspensivos del procedimiento licitatorio a los actos mediante los cuales se ha procedido a adjudicar Unidades Turísticas Fiscales con anterioridad al dictado de la medida cautelar ordenada en autos, por cuanto los mismos han sido dictados en el marco del "plan de manejo integrado del Frente Costero de Villa Gesell", cuya viabilidad ambiental se encuentra cuestionada en autos (art. 32 de la ley 25.675)”.

La aclaración de Arias vuelve a exponer el severo conflicto que enfrenta la administración del intendente Héctor Baldo, que aguarda el dictamen de la Secretaría de Política Ambiental de la Provincia, entidad que en 45 días deberá emitir un informe sobre la validez o no del estudio de impacto ambiental realizado en 2006 –en un plazo de 72 horas– por un geólogo que no estaba habilitado en los términos de la ley 11723 de Protección y Conservación de los Recursos Nacionales de la Provincia.

En el medio, sectores oficiales tratan de minimizar las consecuencias a partir de los contactos que mantuvieron el intendente Héctor Baldo y la titular de Política Ambiental, Silvia Suarez Arocena, durante las Jornadas Técnicas de la Red Costera Marina, que se desarrollaron en la ciudad de Miramar.
Sin embargo, hasta el momento nadie pude adelantar un dato comprobable sobre la evaluación que realiza la Secretaría.

1 comentario:

Anónimo dijo...

ya rechazaron este amparo.. no lo publican???
son ecologistas cuando les conviene ustedes